1.¿Qué es el control social?
Es una herramienta de participación social que consiste en el ejercicio del deber y del derecho que tienen los individuos y la sociedad de cooperar con los organismos de control y fiscalización y con las entidades de prevención e investigación de la corrupción.
2.¿Para qué?
Para que los recursos públicos sean utilizados con transparencia, eficiencia, eficacia, economía y dentro del marco de la Ley.
3.¿Qué beneficios nos reportarían estos valores?
4.¿Cómo ejerzo el control social?
Transmitiendo de manera responsable tus quejas, denuncias y observaciones por escrito ante el Departamento de Control Social de la Cámara de Cuentas.
5.¿A dónde me dirijo?
A la recepción de la Cámara de Cuentas, donde te facilitarán el acceso al encargado/a y/o cualquier servidor de ese departamento. Solo necesitas tu cédula de identidad y electoral.
También puedes acceder a la dirección www.camaradecuentas.gob.do sección de Control Social y realizar tus observaciones o quejas, llenando el formulario de denuncias on-line.
6.¿Quiénes tienen acceso al control social?
Los dominicanos y dominicanas y las organizaciones de la sociedad civil que decidan cumplir con su deber para ejercer un derecho ciudadano.
7. ¿Qué papel desempeña el ciudadano en el control social?
El más importante, ya que con su participación en la vigilancia e identificación de irregularidades de los servidores públicos y de la administración, contribuye a la obtención de un mejor gobierno.
8.¿Qué vía utiliza la sociedad para acceder a la Cámara de Cuentas?
El departamento de Control Social de la Cámara de Cuentas, es el encargado de tramitar sus quejas, observaciones, sugerencias y denuncias.
9.¿Son tramitadas las denuncias canalizadas por el control social?
Sí, luego de evaluar la pertinencia de las denuncias, solicitudes de investigación y de auditorías recibidas a través de Control Social, la Cámara de Cuentas tiene la facultad, de acoger o rechazar sus peticiones, si las mismas no cuentan con una sólida sustentación.
La Cámara de Cuentas de la República, además de las atribuciones que le confiere la Constitución, investiga las denuncias o sospechas fundamentadas y encausadas a través de Control Social, sobre hechos ilícitos contra el patrimonio público y apoya, si es el caso, las labores de los organismos especializados en la materia.
10. ¿Cuándo debe la sociedad civil presentar denuncias, quejas, observaciones o sugerencias?
Cuando compruebe u observe cualquier irregularidad o acto arbitrario cometido por un servidor público en el manejo de los recursos del Estado; o que las instituciones no rindan cuentas, ni actúen con transparencia.
11. ¿Cuáles instituciones pueden verse afectadas por una denuncia debido al uso incorrecto de los recursos públicos?
12.¿Cuándo la sociedad civil conoce los resultados de auditorías e investigaciones especiales?
Cuando los informes definitivos de las auditorías e investigaciones especiales son publicados por la Cámara de Cuentas en la web site institucional y en los demás medios de difusión de que disponga.
13.¿Qué resultados se obtienen de la participación del control social?
14. ¿Qué características desarrolla la sociedad con el control social?
El comportamiento ético por parte de los servidores públicos.
15. ¿Cuáles beneficios aporta a la sociedad el control social?
El uso racional y honesto de recursos públicos; por tanto incide en la efectividad de la gestión pública y en la promoción de organismos de control y de procesos de participación comunitaria directa.