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Republica Dominicana
Rey Rafael Castaño Cabral

Rey Rafael Castaño Cabral

Griselda Gómez Santana

Miembro CCRD

Es licenciada en Mercadotecnia y abogada con una maestría en Administración y Políticas Públicas egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.

En la Universidad Complutense de Madrid realizó maestrías, en Economía y en evaluación de programas y políticas públicas. Posee diplomados y cursos en la Administración financiera del Estado. Ha trabajado con el presupuesto con enfoque de género y cambio climático. Es docente en la Universidad Autónoma de Santo Domingo en asignaturas de postgrado y en el Instituto de Administración Pública y en el Centro de Capacitación en Política y Gestión Fiscal (Capgefi), las asignaturas de presupuesto por resultados y de gestión y administración pública.

26 años de experiencia en la Administración Financiera del Estado, desempeñando sus últimos cargos como directora de calidad de gasto público y evaluación presupuestaria en la Dirección General de Presupuesto, así como directora de Presupuesto de entidades sociales.

Jueves, 15 Mayo 2025 10:16

DESPACHO PRESIDENTA

Emma Polanco Melo de Mercedes

Presidenta CCRD

Es licenciada en Contabilidad de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). Cursó un postgrado en Contabilidad de Costos en el Instituto Superior de Contabilidad (1994) y otro en Contabilidad Impositiva en la UASD (1996).

Durante años se dedicó a la investigación y a la docencia en la universidad estatal y el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), llegando a ser directora de su escuela de Contabilidad entre 1991 y 1996.

 Entre 2005 y 2007 realizó una maestría y un doctorado en Economía Aplicada en la Universidad del País Vasco, España.

Es la primera mujer electa decana de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, de la Universidad autónoma de Santo Domingo (UASD) cargo que ocupó durante el período 1996-2002 y para el cual fue reelecta en 2005 hasta 2008. Más adelante, fue vicerrectora administrativa y, finalmente, rectora de la academia de 2018 a 2022.

Ha sido reconocida en diferentes ocasiones, resaltando su profesionalismo y aportes significativos a la educación. La Universidad Andrés Bello, de El Salvador,  le otorgó un doctorado “ Honoris Causa” en Ciencias Económica, recibió Medalla al  Mérito a la Mujer Dominicana por el Ministerio de la Mujer, por su destacada carrera profesional y gerencial y ser orgullo de la UASD; ha sido distinguida por el Senado de la República Dominicana, así como también por la Universidad San Carlos de Guatemala, en Ciudad Guatemala, La Universidad Autónoma de Santo Domingo, en diferentes ocasiones, Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuela de Contabilidad en Buenos Aires, Argentina. entre otros.

Nueva Auditoria

Auditoria publicada en Fecha: 18 de Marzo del 2025

 

Por el período comprendido entre el 1 ero. de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2020

Pueden verla accediendo al siguiente enlace:

 

 

Esta publicación se realiza concluido el proceso auditor y de conformidad con la disposición del Artículo 68, párrafo III, de la Ley no.° 18-24 de la Cámara de Cuentas

Nueva Auditoria

Auditoria publicada en Fecha: 18 de Febrero del 2025

 

Por el período comprendido entre el 1 ero. de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2019

Pueden verla accediendo al siguiente enlace:

 

 

Esta publicación se realiza concluido el proceso auditor y de conformidad con la disposición del Artículo 68, párrafo III, de la Ley no.° 18-24 de la Cámara de Cuentas

Nueva Auditoria

Auditoria publicada en Fecha: 05 de Febrero del 2025

 

Por el período comprendido entre el 1 ero. de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2018

Pueden verla accediendo al siguiente enlace:

 

 

Esta publicación se realiza concluido el proceso auditor y de conformidad con la disposición del Artículo 68, párrafo III, de la Ley no.° 18-24 de la Cámara de Cuentas

Auditoria publicada en Fecha: 20 de Mayo del 2023

 

Por el período comprendido entre el 1 ero. de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2020

Pueden verla accediendo al siguiente enlace:

 

 

Esta publicación se realiza concluido el proceso auditor y de conformidad con la disposición del Artículo 38 de la Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas y las disposiciones de su Reglamento de aplicación no. 06-04.

SANTO DOMINGO.- El presidente de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD), licenciado Hugo Álvarez Pérez, exhortó a los funcionarios y empleados de esa institución a seguir trabajando con responsabilidad, entrega y dedicación con miras a lograr una mayor eficacia y eficiencia en la fiscalización de los recursos públicos.

Álvarez Pérez dijo que cuenta con el apoyo y la colaboración de todos los servidores de la entidad fiscalizadora, convencido de que el trabajo en equipo es fundamental para alcanzar los objetivos trazados.

El funcionario habló en el marco de una almuerzo que sostuvo con empleados en la cafetería de la institución, ubicada en la tercera planta del edificio que aloja a la Cámara de Cuentas, el que aprovechó para intercambiar impresiones con algunos de los servidores presentes.

“Hay que seguir trabajando con mucho esmero y dedicación para brindar un mejor servicio a la sociedad, que espera de esta institución, como órgano superior del Sistema Nacional de Control y Auditoria, una mayor eficiencia en el control y fiscalización de los recursos públicos”, agregó.

Explicó que es una persona abierta, accesible, y siempre dispuesta a mantener comunicación y empatía con sus colaboradores, “de manera que cualquier inquietud o sugerencias que tenga cualquier empleado para que en la institución haya una mayor eficacia y eficiencia en los procesos de fiscalización, solo tienen que pasar por mi oficina y conversamos”.

Durante el almuerzo, el presidente de la Cámara de Cuentas saludó a cada uno de los presentes y recibió muestras de apoyo y elogios por su sencillez y cercanía con los empleados.

Lunes, 01 Octubre 2018 12:26

EN CONSTRUCCIÓN

en construccin

Jueves, 12 Enero 2017 09:46

Funciones

(Actualizado: 12-01-2017)

La Cámara de Cuentas, según el artículo 10 de la ley 10-04, tiene las siguientes funciones :

  1. Practicar auditoria externa financiera, de gestión, estudios e investigaciones especiales a los organismos, entidades, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, sujetos a esta ley;
  2. Solicitar a quien corresponda, toda la información necesaria para cumplir con sus funciones;
  3. Tener acceso irrestricto a las evidencias documentales, físicas, electrónicas o de cualquier otra naturaleza, necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones de auditoria, estudios e investigaciones especiales de la gestión pública y de las personas físicas o jurídicas de carácter privado, sujetas al ámbito de esta ley;
  4. Formular disposiciones y recomendaciones de cumplimiento obligatorio por parte de los servidores públicos, que son legal o reglamentariamente responsables de su aplicación;
    Identificar y señalar en los informes, los hechos relativos a la violación de normas establecidas que originan responsabilidad administrativa, civil o indicios de responsabilidad penal;
  5. Emitir resoluciones, con fuerza ejecutoria, en el ámbito de la responsabilidad administrativa y civil;
  6. Requerir a las autoridades nominadoras la aplicación de sanciones a quien o quienes corresponda, en base a los resultados de sus actividades de control externo;
  7. Elevar los casos no atendidos, señalados en el literal anterior, a las máximas autoridades nacionales, con el objeto de que se apliquen las sanciones correspondientes a los involucrados en los hechos de que se trate;
  8. Requerir a la autoridad competente la aplicación de sanciones administrativas a los servidores públicos que no colaboren con el personal de la Cámara de Cuentas para el adecuado cumplimiento de sus funciones, o que de alguna manera obstruyan el buen desenvolvimiento de las mismas;
    Investigar las denuncias o sospechas fundamentadas de hechos ilícitos contra el patrimonio público, o apoyar, si es el caso, las labores de los organismos especializados en la materia;
  9. Emitir normativas en materia de control externo;
    Conocer y opinar de manera vinculante las normativas de control interno;
  10. Requerir a la Controlaría General de la República y, por su conducto, a las unidades de auditoria interna, el envío de sus planes de trabajo y los informes de sus actividades de control, en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud;
  11. Solicitar que la Controlaría General de la República, o las unidades de auditoria interna, si es el caso, verifiquen el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Cámara de Cuentas;
  12. Elaborar y actualizar los reglamentos, manuales, guías y demás instrumentos que se requieran para su desarrollo organizacional y administrativo;
  13. Auditar o analizar con oportunidad la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos que cada año aprueba el Congreso Nacional;
  14. Participar por iniciativa propia, o apoyando a otros organismos, en actividades que prevengan o combatan la corrupción;
  15. Suscribir convenios de cooperación técnica, con instituciones nacionales e internacionales, relacionados con sus funciones;
  16. Evaluar el trabajo de auditoria externa efectuado por firmas o personas naturales privadas, en las entidades y organismos sujetos a esta ley;
  17. Proporcionar asesoría técnica a las entidades y organismos sujetos a la aplicación de esta ley, respecto a la implementación del Sistema Nacional de Control y Auditoria en las materias que le competen, de acuerdo con esta ley;
    Emitir los reglamentos que sean necesarios para la cabal aplicación de esta ley;
  18. Todas las demás que tiendan a fortalecer y promover la gestión eficiente, eficaz, económica y transparente de la administración de los recursos públicos y la rendición de cuentas.
Miércoles, 11 Enero 2017 10:53

¿Quiénes Somos?

Somos un órgano constitucional de control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado; tenemos personalidad jurídica instrumental, carácter técnico y autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, correspondiente al examen de las cuentas generales y particulares de la República, mediante auditorías, estudios e investigaciones especiales.

Como Órgano Superior del Sistema Nacional de Control y Auditoría, rector externo, estamos facultados para emitir normas de carácter obligatorio, promover y efectuar la coordinación interinstitucional de los organismos y unidades responsables del control y auditoría de los recursos públicos y formular un plan tendente al logro de esos fines.

Como tal, nos corresponde el examen profesional, objetivo, independiente, sistemático y selectivo de las evidencias detectadas con posterioridad a la actuación o gestión de los administradores públicos, de las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas sujetas a la Constitución y la Ley.

Realizamos el control externo a través de auditorías gubernamentales, facultad exclusiva de la Cámara de Cuentas, lo que incluye el examen y evaluación de las evidencias que respaldan las operaciones, registros, informes, estados financieros y presupuestarios elaborados por la Dirección de Contabilidad Gubernamental y de todas las entidades y organismos sujetos a la Ley.

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